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	<title>Diego Dei Vecchi | Marcial Pons</title>
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	<title>Diego Dei Vecchi | Marcial Pons</title>
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		<title>Modos de describir el derecho</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Giovana]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 25 Apr 2026 10:05:11 +0000</pubDate>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>Modos de describir el derecho consiste en un análisis de los actos de habla por medio de los cuales se intenta describir el derecho. El trabajo enfoca su atención en el modelo de ciencia jurídica del positivismo normativista. De conformidad con ese modelo, describir el derecho es informar sobre cuáles son los deberes jurídicos en cada ordenamiento. Luego de una presentación de algunos rasgos centrales de los actos de habla en general, el libro se estructura a partir de una clasificación de ciertos actos de habla peculiares y característicos del discurso jurídico. Entre ellos destacan las proferencias de enunciados acerca de qué deberes y derechos el ordenamiento jurídico instituye, las proferencias de enunciados acerca de qué normas pertenecen a un determinado ordenamiento y las de enunciados que atribuyen significado a disposiciones de las fuentes del derecho. Esta estructura responde a la idea según la cual desentrañar esos actos de habla a la luz de algunas discusiones clásicas de la filosofía del derecho resulta crucial a efectos de evaluar las posibilidades de éxito del modelo de ciencia del positivismo jurídico normativista. En todo caso, el resultado de la indagación no concierne solo al modelo de descripción del derecho propio del positivismo jurídico normativista. Por el contrario, el camino que se recorre a efectos de evaluar la plausibilidad de ese modelo esclarece muchos rasgos de los actos de habla propios del discurso jurídico, lo cual resulta sumamente ilustrativo respecto de otros modos de describir el derecho.</p>The post <a href="https://marcialpons.com.br/product/filosofia-e-teoria-do-direito/modos-de-describir-el-derecho/">Modos de describir el derecho</a> first appeared on <a href="https://marcialpons.com.br">Marcial Pons</a>.]]></content:encoded>
					
		
		
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		<title>Estándares de suficiencia probatoria y ponderación de derechos</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Giovana]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 May 2022 23:11:25 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>El trabajo se aboca directamente a la cuestión de cómo se identifican y aplican los estándares probatorios en el marco del proceso penal. La obra toma como punto de contacto con la práctica una pluralidad de fallos de la Corte Penal Internacional en los que se determina la suficiencia probatoria en distintas etapas del proceso [...]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>El trabajo se aboca directamente a la cuestión de cómo se identifican y aplican los estándares probatorios en el marco del proceso penal. La obra toma como punto de contacto con la práctica una pluralidad de fallos de la Corte Penal Internacional en los que se determina la suficiencia probatoria en distintas etapas del proceso y a efectos de adoptar diversas medidas. El análisis de esta jurisprudencia permite extraer y articular varias conclusiones. Por un lado, se torna evidente -tal como ha sido muchas veces señalado- que la determinación de la suficiencia probatoria no depende ni podría depender exclusivamente de consideraciones epistémicas, siendo insoslayables ciertos juicios valorativos. Por otro lado, una serie de consideraciones adicionales dejan entrever que es muy poco plausible pensar que esos juicios valorativos puedan ser formulados a priori por las legislaturas. Se muestra que es igualmente implausible pensar en estándares probatorios legislados susceptibles de ser identificados y aplicados objetivamente. El aporte más destacado del trabajo radica en la explicitación, apelando a algunas afirmaciones de la Corte Penal Internacional, del modo en que la determinación de la suficiencia probatoria en cada caso depende de la ponderación de aquellos principios que fungen de estándares normativos superiores en cada ordenamiento jurídico.</p>
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